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Colombia: Absuelven a soldado por adicto

Colombia: Absuelven a soldado por adicto

Yesid Alexander Arias, condenado por portar una cantidad de cannabis superior a la permitida en Colombia, 20 gramos, fue declarado libre de responsabilidad por el máximo tribunal, al determinar que los “necesitaba”, en un fallo divulgado este lunes.

En Colombia, es legal cultivar hasta 20 plantas de marihuana. En enero de este año, se autorizó la marihuana medicinal y ya se comercializan productos elaborados con su hoja.

Sin embargo, el consumo de cannabis en la vía pública y su comercialización están prohibidos.

“Por haberse demostrado que el enjuiciado desde muy joven era adicto y consumidor de marihuana, la cantidad de sustancia encontrada, que sobrepasa la dosis personal, debía entenderse como aprovisionamiento”, agrega el magistrado.

Sin embargo los antecedentes del soldado no solo quedan redimidos a ese hecho. En el año 2011 fue sorprendido portando 50,2 gramos de mariguana en el cuartel del Batallón José Antonio Galán en el municipio de Socorro, Santander (este).

Fuentes de la Corte aclaran que se encontraba “fuera de servicio” e “Iba a salir de patrullaje”.

Arias se declaró adicto, atenuando que la cantidad que llevaba era la que él necesitaba para su dosis de autoconsumo, “Arias Pinto es adicto desde niño a las drogas sicotrópicas (…) y dado que era soldado y debía salir a una zona a patrullar en el municipio de Coromoro (este), lugar donde le sería difícil adquirir la marihuana, se configura una justa causa para que tuviera la cantidad que le fue hallada”, dijo el magistrado Eugenio Fernández.

Tras esto, un año después, en el 2012, fue sentenciado por un tribunal de San Gil, Santander, a más de nueve años de cárcel por tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, decisión que él apeló.

En su fallo, la Corte entendió que la adicción del soldado justificaba la cantidad que portaba.

Un compañero del acusado del Ejército testificó a su favor y dijo que “Arias Pinto consumía a diario entre diez u once dosis de estupefaciente”.

Yesid fue sometido a la “Sentencia moderna”, lo que para la Fiscalía de la Corte Suprema de Justicia sería proferir un “fallo trascendental” conforme con la jurisprudencia universal.

El director de Políticas Públicas de la Fiscalía, Miguel Larrota dijo que “ésta es una sentencia moderna consistente con una política criminal y de drogas racionales que persigan a los grandes capos y no a las personas vulnerables que no hacen parte del negocio del narcotráfico”.

“Las personas adictas que lleven consigo sustancias psicoactivantes exclusivamente para el consumo personal no pueden ser judicializadas y esto sucede de forma independiente a la cantidad que se porte”, aseguró en rueda de prensa La Fiscalía archiva anualmente en Colombia unos 50.000 procesos relacionados con el porte de estupefacientes, “un esfuerzo que implica un desgaste” para el sistema judicial, agregó.

Para adaptarse a la nueva jurisprudencia, la Fiscalía revisará los casos activos que tienen características similares a los parámetros de la nueva jurisprudencia penal.

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